Finalmente el cumplimiento de esta meta permitirá a las municipalidades cumplir con las funciones asignadas por la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y el Decreto Legislativo N° 1062 – Ley de Inocuidad de Alimentos y sus reglamentos, obtener mayores ingresos, disponer de personal capacitado, poder realizar mayor vigilancia, hacer cumplir las normas sanitarias por los transportistas y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos y; finalmente, incrementará la disponibilidad de alimentos inocuos a través de “mercados saludables”, para proteger la vida y la salud de los consumidores.
Actividad 1: Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la Inocuidad Agroalimentaria de alimentos agropecuarios primarios y piensos, en el transporte y comercialización.
Actividad 2: Inclusión en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos.
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