La Oficina de Unidad Local de Empadronamiento es la unidad orgánica encargada de desarrollan las labores operativas para el cumplimiento de las funciones correspondientes al nivel local, para efectos del SISFOH se denominarán Unidades Locales de Empadronamiento. Está a cargo de un Servidor Público denominado Jefe de Oficina, podrá ser designado por el Alcalde; jerárquica, funcional y administrativamente depende de la Gerencia de Desarrollo Social, Promoción de Derechos y Participación Vecinal.
Son funciones de la Oficina de Unidad Local de Empadronamiento:
Proceder a visitar el domicilio a fin de aplicar el empadronamiento a través de la Ficha Socioeconómica Única (FSU).
Efectuar la toma de fotos del hogar en cumplimiento a los Requisitos de la Unidad Central de Focalización.
Aplicar el empadronamiento y digitar la información recabada generando el PGH del hogar.
Efectuar el Informe del Hogar a través del Formato N° 05.
Enviar la documentación ante la UCF, para su evaluación y calificación final.
Otras funciones que le asigne la Gerencia de Desarrollo Social, Promoción de Derechos y Participación Vecinal y/o según norma legal.